Organización

ORGANIZACIÓN Y DEPENDENCIA

La Sección de la Guardia Romana estará compuesta como máximo por el siguiente personal (Art. 3). :

  • Un oficial.
  • Tres Decuriones.
  • Treinta Guardias efectivos.
  • Seis Guardias suplentes.

La Sección dependerá para todos los asuntos del servicio, del Presidente de la Hermandad y por delegación de éste, el centro General, por cuyo conducto recibirá las órdenes que la Comisión de Cetros, la Junta de Gobierno o el Capítulo de Hermanos Receptores, estimen oportuno acordar para el desempeño de su especial cometido (Art.4).

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