Inicios inciertos

INICIOS INCIERTOS Y TRAYECTORIA

Uno de los fines de los religiosos del convento de San Francisco era el de la recogida de los cadáveres abandonados y poco a poco fueron dejando esta función en manos de seglares que desempeñaron este acto caritativo. Es aquí donde se puede señalar el comienzo del servicio de recogida de cadáveres por parte de la Hermandad de la Sangre de Cristo, que de modo ininterrumpido hasta la fecha, ha realizado con aquellos desventurados a quienes la muerte sorprende en soledad, víctimas de la enfermedad, del accidente, del suicidio, del asesinato, o incluso llevando consuelo a aquellos desgraciados a quienes la ley condenaba a la última pena.

El 26 de agosto del año 1625,  se obtuvo el proceso de firma en el derecho que poseía de inmemorial, la Hermandad de recoger cadáveres desamparados en la ciudad de Zaragoza y sus términos municipales, librado por el notario Vicente Moles.

En tiempos de epidemia, como muchas veces sucedía que por el estado de putrefacción en que se encontraban los cadáveres no podían trasladarse al depósito, y con el fin de que esto no fuera obstáculo que impidiera enterrarlos en tierra sagrada, se concedió a la Hermandad el privilegio de que cubriendo con su paño mortuorio el sitio destinado para la sepultura, quedara ipso facto consagrado del mismo modo que lo están los cementerios.

En 2009 se realiza una campaña de recogida de firmas por parte de la Hermandad, para mantener el servicio de recogida de cadáveres y evitar de ese modo la privatización del mismo, obteniendo una cantidad de 20.477 firmas.

Fotografías de la firma del Protocolo de Actuación del Servicio de recogida de cadáveres

 

Pero fue el 25 de marzo de 2010 cuando se firma el Protocolo de Actuación, entre D. Rogelio Silva, Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior del Gobierno de Aragón, y D. Ernesto Millán, Hno. Mayor Presidente de la M.I.A. y Real Hermandad de la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo y Madre de Dios de Misericordia, por el cual se adapta el servicio de recogida de cadáveres a las exigencias actuales, para garantizar los criterios de trazabilidad y cadena de custodia que exige el procedimiento judicial, los requisitos científicos forenses y las normas vigentes sobre el traslado de cadáveres.

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